martes, 27 de agosto de 2013

VUELTA AL COLE

Ya nos aproximamos al mes de septiembre y con ello nuestros políticos y dirigentes (a diferencia de muchos de sus "subditos") retoman su actividad profesional. Por lo tanto, veo necesario como ciudadanos que insistamos en aquellas cuestiones que dejaron pendientes antes de este descanso veraniego para que no se prorroguen en exceso y se continúe violando,como viene siendo habitual, el principio de seguridad jurídica que, en teoría, nos asiste.

Es pues hora de los "¿qué fue de...?" Dada la actualidad del conflicto con Gibraltar viene a mi memoria la suspensión declarada por la Comisión de la aplicación del artículo 12.5 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Por si alguno ya no recuerda el tema, la Comisión alegaba la ilegalidad del precepto por el trato discrimatorio de la amortización fiscal del Fondo de Comercio al tratar de forma claramente beneficiosa a las adquisiones de origen extranjero, cuestión exacerbada cuando se incluyeron como beneficiarias de este precepto a las participaciones indirectas (consulta vinculante de 12 de marzo de 2012).

En base a esto, la Comisión estableció la necesidad de recuperar las ayudas ilegalmente proporcionadas por España, basándose en que no puede esgrimirse confianza legítima en la adquisición de la misma (al menos en cuanto a los beneficiarios de participaciones indirectas) sabiendo que la interpretación admnistrativa dada por nuestro Estado al precepto legal ya violaba la normativa comunitaria en cuanto a la adquisición de una participación directa.

Reconozco que es cierto que la decisión a la solución de esta vicisitud no está en estos momentos en nuestro Estado. La solución del conflicto (y la extensión de sus efectos sociales) depente de la Comisión. Sin embargo, sí que corresponde al Estado garantizar la seguridad de sus nacionales y con ello la conclusión de la incertidumbre que este conflicto genera.

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